¿Cómo reclamar al seguro tras la DANA?

La reciente Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que afectó a Valencia entre finales de octubre y principios de noviembre de 2024 ha causado graves daños en viviendas, negocios y otros bienes, incluyendo vehículos. Si has sido afectado, existen procedimientos de reclamación de seguros, así como ayudas gubernamentales y beneficios fiscales que pueden aliviar el impacto económico. A continuación, te detallamos los pasos que debes seguir para gestionar tu reclamación y acceder a las ayudas disponibles.

Evaluación y documentación de los daños.

Antes de iniciar cualquier trámite, realiza un inventario de los daños en tu vivienda, negocio y vehículos. Este primer paso es fundamental para estructurar adecuadamente la reclamación.

  • Documentación fotográfica y de video: Registra el estado actual de la propiedad, el contenido y los vehículos dañados. Esta evidencia visual será clave para respaldar tu solicitud y es recomendable hacer un buen número de fotografías y videos de los bienes afectados.

  • Inventario de pérdidas: Enumera los bienes dañados o perdidos, incluyendo su valor estimado y la fecha de adquisición. Conserva todas las facturas y documentos de compra que poseas para justificar el valor de los mismos.

Revisión de la póliza de seguro y notificación del siniestro

Examina detenidamente tu póliza para entender qué cubre y qué no cubre:

  • Coberturas y exclusiones: Verifica si tu seguro cubre daños por inundaciones u otros fenómenos naturales, tanto en el inmueble como en los vehículos. Identifica cualquier exclusión o límite que pueda afectar tu reclamación.

  • Plazo de notificación: Informa a tu compañía de seguros sobre el siniestro lo antes posible. La Ley de Contrato de Seguro establece un plazo de siete días desde el conocimiento del siniestro para informar a la aseguradora, aunque algunas pólizas amplían este plazo, y ya se ha comunicado que por lo extraordinario de los acontecimientos se ha incrementado este plazo.

  • Medios de contacto: Utiliza los canales oficiales de tu aseguradora, como líneas telefónicas de atención al cliente, aplicaciones móviles o plataformas en línea.

La aseguradora enviará un perito para evaluar los daños. Facilita el acceso a todas las áreas afectadas y proporciona toda la documentación recopilada. Es recomendable estar presente durante la inspección para aclarar cualquier duda y proporcionar información adicional.

Reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)

En casos de fenómenos naturales extraordinarios, como la DANA, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) puede hacerse cargo de las indemnizaciones. Para ello:

  • Verifica el recargo: Si tu seguro incluye el recargo para el CCS, este organismo cubrirá los daños causados por riesgos extraordinarios, como inundaciones.

  • Solicitud de indemnización para vehículos: Si tu vehículo ha sufrido daños graves o ha quedado inutilizado por la DANA, el CCS también se encarga de las reclamaciones de vehículos asegurados, incluyendo aquellos que solo tengan póliza de responsabilidad civil. El valor asegurado será el precio de compra en el mercado antes del siniestro.

  • Plazo de comunicación: La solicitud al CCS debe realizarse en un plazo de 7 días desde el conocimiento del siniestro, tanto para inmuebles como para vehículos.

Puedes realizar la solicitud directamente a través de la página web del CCS o llamando al teléfono gratuito 900 222 665

Procedimiento para vehículos dañados por la DANA.

Para los vehículos afectados por la DANA, existen medidas adicionales

  • Exención de tasas de tráfico: Aquellos propietarios que necesiten tramitar la baja de sus vehículos dañados o reemplazar permisos de conducir también estarán exentos del pago de estas tasas.

  • Valoración y baja del vehículo: Si el vehículo es declarado siniestro total, el CCS gestionará la baja y la compensación correspondiente. Esta indemnización cubrirá el valor del vehículo en el estado inmediatamente anterior al siniestro.

Solicitud de ayudas gubernamentales para la vivienda.

El Gobierno ha declarado las áreas afectadas como zonas gravemente afectadas, lo que permite acceder a ayudas adicionales:

  • Ayudas por destrucción total o parcial de la vivienda: Hasta 60,480 euros en caso de destrucción completa y hasta 41,280 euros si los daños son estructurales. También existen ayudas por pérdidas en enseres esenciales, con un máximo de 10,320 euros.

  • Solicitud en el portal de la Generalitat: La solicitud se puede realizar en las oficinas de coordinación de post emergencia de la Generalitat Valenciana.

  • Plazo de solicitud: La fecha límite para solicitar estas ayudas es el 7 de enero de 2025.

Es importante tener en cuenta que estas ayudas son complementarias a la indemnización que pueda otorgar el CCS, sin exceder el valor total de los daños.

Beneficios fiscales y medidas adicionales

El Real Decreto-ley 6/2024 establece una serie de exenciones fiscales para los afectados por la DANA

  • Exención del IBI: No se pagará el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente al ejercicio 2024 para las propiedades dañadas.

  • Reducción en el IAE: Se aplicará una reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) del ejercicio 2024 para los negocios afectados.

  • Suspensión de plazos tributarios: Se han flexibilizado los plazos para el pago de tributos y la presentación de declaraciones catastrales.

Algunas de estas exenciones no requieren trámites adicionales, ya que serán aplicadas automáticamente por las autoridades fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas.

Ayudas para autónomos y PYMES.

Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) y los autónomos afectados también pueden acceder a ayudas específicas

  • Subvenciones: Hasta 5,000 euros para autónomos y hasta 10,000 euros para microempresas (con facturación de menos de un millón de euros), que puede incrementarse hasta 150,000 euros para pequeñas empresas.

  • Aplazamiento de cuotas de la Seguridad Social: Las empresas y autónomos podrán solicitar aplazamientos o moratorias para el pago de cuotas.

Estas ayudas están disponibles incluso para empresas que tengan establecimientos en los municipios afectados, aunque no tengan su domicilio fiscal en estas localidades.

Seguimiento de la reclamación.

Mantén un seguimiento constante de tu reclamación, tanto con el CCS como con tu aseguradora:

  •  Comunicación regular: Ponte en contacto con tu aseguradora o el CCS para conocer el estado de tu expediente.

  • Registro de comunicaciones: Conserva un registro de todas las comunicaciones relacionadas con tu reclamación.

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Finalmente les ofrecemos el enlace de la pagina oficial de Administración del Gobierno donde de forma continua se va actualizando la información para personas afectadas por la DANA y que responde a cuestiones como:

  • Perdida de documentación

  • Fallecimiento de familiares

  • Daños o perdida de vivienda o enseres

  • Pérdida de empleo Medidas de protección social, etc.

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