SUSPENSIÓN DE LAS VISITAS Y MEDIDAS CAUTELARES POR DENUNCIA DE VIOLENCIA DE GENERO O DOMESTICA.

De acuerdo con el recientemente aprobado artículo 94 del Código Civil, los juzgados podrán adoptar medidas cautelares urgentes en casos de denuncia de violencia de género o doméstica en el ámbito familiar. Entre estas medidas, se encuentra la suspensión inmediata de las visitas de los progenitores al menor, en caso de que se haya denunciado alguna forma de violencia.

La medida busca garantizar la protección de la víctima y el menor, y se tomará en cuenta en casos en los que se hayan producido hechos de violencia física, psicológica o sexual, o en los que exista un riesgo inminente de sufrirlos. La suspensión de las visitas se mantendrá mientras dure la investigación y juicio del caso, y se revisará periódicamente para evaluar si continúa siendo necesaria.

Además del artículo 94,de el código civil establece medidas cautelares urgentes para proteger a la víctima y los menores, como la prohibición de acercamiento, la entrega de la vivienda familiar,o la realización de terapia de rehabilitación.

El problema de las denominadas denuncias falsas.

Como en otros casos de nuestro sistema jurídico, en los que se hace efectiva una medida de forma automática ante una denuncia, se cae necesariamente en el riesgo de que se instrumentalice y se vuelvan un arma arrojadiza entre los progenitores, que de alguna manera quieran perjudicar al otro, interponiendo una denuncia con hechos definitivamente falsos.

Es evidente que dichos actos son de dudosa moralidad ademas de antijurídicos, pero también es obvio que se realizan, y en consecuencia provocan una ineficiencia y desvirtuación de la ley que acarrea importantes problemas para los ciudadanos.

En este caso concreto, el único camino que deja la ley para continuar con el regimen de visitas, aunque haya un procedimiento penal abierto, sería la evaluación de la relación paternofilial por los especialistas o equipo psicosocial adscrito al juzgado. El problema surge en la tardanza que pueden tener este tipo de informes, ya que muchos juzgados no cuentan con un equipo  especialista, lo que podría retardar este proceso en más de un año.

¿Qué  pasaría si hay denuncias cruzadas entre los dos progenitores?

En caso de denuncias cruzadas entre los progenitores, es importante que los juzgados realicen una evaluación cuidadosa de cada caso para determinar la existencia de violencia y establecer las medidas de protección necesarias.

En estos casos, se pueden realizar investigaciones y valoraciones periciales para determinar la veracidad de las denuncias. También se pueden incluir medidas de conciliación y mediación para resolver los conflictos y evitar la continuidad de la violencia.

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