LA GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN EN ESPAÑA.

La gestación por sustitución, también conocida como gestación subrogada, es una técnica en la cual una mujer se compromete a gestar y dar a luz un hijo para otra persona o pareja, utilizando su útero.

La gestación por sustitución, está prohibida en España por la Ley 14/2006 de técnicas de reproducción humana asistida. La ley establece en el artículo 10.1 que "será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero". Dicho articulo, anula también la posibilidad de que la gestación por sustitución se realice de forma altruista, opción que sí esta permitida en algunos países europeos como Reino Unido, Grecia, o Portugal.

Uno de los argumentos de más peso utilizados para perpetuar la prohibición de esta práctica, es que atenta contra la dignidad de la mujer y del niño, ademas de poder generar situaciones de vulnerabilidad y explotación. Acerca de esto se abre todo un debate ético sobre este tipo de practicas, con opiniones muy dispares, tanto entre los más expertos en la materia, como en los ciudadanos de a pie., de tal forma que no sería extraño que se reabriera dicho debate en un futuro próximo en el propio parlamento.

El problema de la nacionalidad española para niños nacidos por gestación subrogada en el extranjero.

La problemática de la inscripción de los niños nacidos mediante gestación por sustitución en lugares fuera de España, es que al estar esta práctica prohibida, los niños nacidos en el extranjero mediante esta técnica, no pueden ser reconocidos como hijos legítimos en España, ya que no cumplen con los requisitos establecidos en la ley.

Ante este problema se suele recurrir a la protección del menor como derecho fundamental que debe ser garantizado por el Estado, y esto incluye la protección del  derecho del niño a tener una nacionalidad.

En algunos casos, los tribunales españoles han reconocido la nacionalidad española para un niño nacido mediante gestación por sustitución en el extranjero, basándose en este hecho.

Sin embargo, es importante mencionar que cada caso es diferente y debe ser analizado de manera individual, y que la protección del menor es solo una de las posibles vías para conseguir la nacionalidad española en estos casos, y no es una garantía.

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